Como usted sabe, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), es un tributo que se determina mensualmente sobre la base de flujo de efectivo. Esto significa que el impuesto que se le traslada a los clientes, cuando se lleva a cabo la facturación (comprobante fiscal) correspondiente de los bienes, servicios u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, se activa, una vez que dicha factura es efectivamente cobrada.
Lo mismo pasa con los comprobantes fiscales que son recibidos de proveedores, el impuesto que viene trasladado en el comprobante, es acreditable para el contribuyente, una vez que dichos comprobantes son efectivamente pagados.
Para tener un control sobre esto, desde hace años, se introdujeron reglas en la legislación fiscal, en aras de que la autoridad pudiera tener a la mano los elementos para poder determinarle a los contribuyentes, el IVA, desde su plataforma. Esto no habia sido posible, porque, le llevó bastante tiempo, el implementar las nuevas medidas y permitir a los contribuyentes que actualizaran todos sus sistemas para poder emitir los comprobantes adecuadamente.
Es por ello, que todos sabemos, que al emitir los comprobantes hay que indicar mediante una clave si es que el mismo se pagó en una sola exhibición (PUE) o fue en parcialidades (PPD) y en el caso de que se haya facturado como PPD, el contribuyente debe emitir un complemento de pagos, que ampare el flujo de efectivo.
De esta forma, la autoridad tiene como validar el flujo de las operaciones que está declarando el contribuyente.